1.Otorgar matriculas profesionales Una de las funciones del CPIP es la expedición de la Matrícula Profesional a los Ingenieros de Petróleos, documento indispensable para el ejercicio de la profesión, tal como establece el artículo 2º de la Ley 20 de 1984
2.Otorgar Licencias Especiales Temporales
3.Actualización Datos Ingenieros Matriculados
4.Controlar y Vigilar el Ejercicio de la Profesión de Ingeniería de Petróleos
5.Igualmente, el CPIP adelanta programas en pro del mejoramiento del desarrollo profesional en todas las áreas, acorde con los cambios estructurales, científicos y sociales de la nación.
6.Actividades con las Universidades que ofrecen el programa de Ingeniería de Petróleos, Entidades oficiales e Industria, tendientes a mejorar el perfil del ingeniero que gradúan, para adaptarlo a las circunstancias de la industria en el país.